⛽ Surco excede competencias: INDECOPI declara ilegal prohibición sobre traslado de combustibles
Por Iván Oré Chávez 992463954
La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI ha declarado ilegal la prohibición de trasladar combustibles líquidos, gas licuado de petróleo (GLP) o similares en vehículos menores, motorizados o no motorizados, impuesta por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco. La resolución N.º 0326-2025/SEL-INDECOPI, emitida el 15 de agosto de 2025, desactiva lo dispuesto en el literal k) del artículo 11 de la Ordenanza N.º 689-MSS y en el código de infracción O-008 del Anexo 1 de la Ordenanza N.º 701-MSS.
📑 El pronunciamiento de primera instancia, contenido en la Resolución N.º 0034-2025/CEB-INDECOPI, ya había advertido que la municipalidad carece de competencias para regular el transporte de materiales peligrosos. Según el artículo 75 de la Ley N.º 26221, esta atribución corresponde exclusivamente al Ministerio de Energía y Minas.
⚠️ La prohibición impuesta por Surco, aunque orientada a la protección ciudadana, vulnera el principio de legalidad administrativa. INDECOPI aclara que su resolución no habilita el traslado irrestricto de combustibles en vehículos menores, sino que reafirma que dicha actividad debe regirse por las disposiciones técnicas y de seguridad establecidas por el ente competente, entre ellas los decretos supremos 030-98-EM, 026-94-EM, 027-94-EM y 001-94-EM.
🔍 Este caso evidencia una práctica frecuente en gobiernos locales: la imposición de restricciones sin sustento normativo ni competencia legal. La declaratoria de ilegalidad no solo desactiva una ordenanza municipal, sino que reafirma la necesidad de fiscalización estructural y delimitación de funciones en el marco de la gobernanza territorial.
La resolución de INDECOPI representa un precedente técnico sobre la regulación del transporte de materiales peligrosos y la necesidad de respetar el orden competencial. En tiempos de sobrelegislación local y simulación normativa, cada barrera eliminada reafirma el principio de legalidad como eje rector de la administración pública
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