🌱 Semillas de poder: ¿soberanía genética o puerta abierta a los transgénicos?
Por IVÁN ORÉ CHÁVEZ
WHTSP 992463954
Abogado. Egresado de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional de San Marcos. Premio I Concurso de Investigación Jurídica de la Convención Nacional de Derecho Constitucional (CONADEC 2003). Primer lugar del premio de investigación VII Taller "La Investigación Jurídica: un reto para la Universidad moderna" Facultad de Derecho y Ciencia Política UNMSM en categoría tesistas (2004). Tercer lugar del II Concurso de artículos de investigación jurídica "La familia desde la perspectiva de los DDHH". Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Comisión de Magistrados del Área de Familia del Año 2009, la Corte Superior de Justicia de Lima, y el Centro de Investigaciones Judiciales. Miembro de la nómina de colaboradores de la Revista Crítica de Ciencias Sociales y Jurídicas “Nómadas” de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología - Universidad Complutense de Madrid (UCM).
Lima, septiembre de 2025 — La Ley N.º 32434, promulgada por el Congreso de la República, propone una transformación productiva del sector agrario bajo el lema de sostenibilidad y protección social. Sin embargo, el artículo 8 del Capítulo II —dedicado a semillas y valor genético— instala una tensión estructural entre la soberanía alimentaria y el riesgo biotecnológico, especialmente frente al ingreso de germoplasma extranjero y tecnologías transgénicas.
📌 Lo que dice la ley
El Estado se compromete a conservar, mejorar e investigar los recursos genéticos de origen animal y vegetal, dando valor agregado al germoplasma peruano. También fomenta el mejoramiento genético a partir de germoplasma nacional o extranjero, y establece bancos de germoplasma como patrimonio genético para garantizar la seguridad alimentaria saludable.
🧬 Lectura crítica: ¿mejoramiento genético o manipulación transgénica?
La redacción del artículo 8.2 —que permite el uso de germoplasma extranjero para mejorar rendimientos productivos— abre una zona gris normativa que podría ser utilizada para introducir semillas transgénicas bajo el discurso de eficiencia agraria. En un país con moratoria vigente sobre organismos genéticamente modificados (OGM), esta ambigüedad representa un riesgo estructural.
🌾 Soberanía genética en disputa
Aunque la ley habla de “recuperar y promover la soberanía genética del país”, no establece mecanismos claros para proteger las semillas nativas frente a la contaminación genética, la biopiratería o la dependencia tecnológica. El germoplasma peruano —diverso, ancestral y adaptado a ecosistemas únicos— podría quedar subordinado a intereses corporativos si no se regula con precisión.
⚖️ ¿Transformación agraria o vulnerabilidad biotecnológica?
La creación de bancos de germoplasma es una medida positiva, pero debe estar acompañada de protocolos de bioseguridad, trazabilidad genética y participación comunitaria. Sin ello, el artículo 8 corre el riesgo de convertirse en una plataforma legal para la privatización de la semilla, el debilitamiento de la agricultura campesina y la erosión de la biodiversidad.
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